Aludiendo a la Ley 89 C (Ley de Creación), Lotería Chaqueña tiene como finalidad primordial el logro de fondos con el objeto de contribuir a la política de acción social fijada por el Gobierno Provincial.
Este radical objetivo lleva implícito el compromiso de la Responsabilidad Social, Transparencia, Eficacia, Eficiencia y Economicidad en todos los procesos de explotación y administración de los juegos de azar, ya que los fondos así obtenidos, fortalecerán los recursos que el Estado Provincial destine a políticas sociales.
En este contexto y en línea con la Planificación Estratégica Institucional aprobada por Resolución N°11/2021, el Directorio de Lotería Chaqueña entiende la importancia de implementar políticas de calidad que garanticen la consecución de sus objetivos y la satisfacción de todas las partes interesadas enfocándose en sus procesos y en la seguridad de la información. La política así definida integrará los siguientes lineamientos:
1) Implementar un Sistema de Gestión de Calidad, basado en el Referencial N° 19 ALEA-IRAM “Organismos públicos reguladores y administradores de juegos de azar y organizaciones privadas autorizadas para la explotación del juego de azar”.
2) Cumplir con requisitos legales, reglamentarios, estatutarios y los establecidos en el Referencial N° 19 ALEA-IRAM.
3) Establecer un marco de referencia para la definición y revisión de los objetivos, en línea con la estrategia institucional y su contexto.
4) Cumplir con los requisitos de seguridad de la información.
5) Garantizar la mejora continua del sistema de gestión de calidad.
6) Satisfacer las necesidades y expectativas de todas las partes interesadas.